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Con Liquidador (POL 191034)
Este tipo de póliza se distingue por la intervención de un liquidador al momento de un siniestro, quien determina el monto a indemnizar y cuantifica la pérdida. El liquidador tiene un plazo de 90 días para presentar un informe y la indemnización se paga después de los 30 días siguientes al informe del liquidador.
De Ejecución Inmediata (POL 1 91 035)
En este tipo de póliza quien determina el monto a indemnizar es el asegurado y se paga contra el requerimiento de éste, sin la intermediación de un liquidador, dentro de 30 días. Semejante a la boleta bancaria.
¿Cuáles son las ventajas de la póliza de garantía de ejecución inmediata con respecto a la boleta bancaria?
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